Protocolo de actuación

 

 

En torno a los principales avances en materia de equidad de génro y diversidad, La DEGyD informa que  a partir del jueves 2 de mayo entró en vigencia el Protocolo de Actuación en casos de acoso sexual, violencia de género y discriminación. A continuación, se expone a modo de síntesis dicho documento junto con sus principales alcances.

 

I. Resumen explicativo: “PROTOCOLO DE ACTUACIÓN RELACIONADO CON LAS CONDUCTAS CONSTITUTIVAS DE ACOSO SEXUAL, VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO, IDENTIDAD DE GÉNERO, EXPRESIÓN DE GÉNERO U ORIENTACIÓN SEXUAL”

 

  1. Del Proceso de elaboración de Protocolo.

La construcción del Protocolo fue coordinada desde la Dirección de Equidad de Género y Diversidad de la Universidad de Concepción, y fue desarrollada entre los meses de mayo de 2018 y marzo de 2019. Para este fin, se planificó una estrategia basada en determinadas ideas matrices, tanto para el proceso de elaboración como para el protocolo que se buscaba acordar y aprobar.

Tales ideas matrices de la estrategia fueron cumplidas y a su vez deben ser vistas como las características principales del proceso seguido adelante por la Universidad:

  • Contar con un informe previo de diagnóstico institucional
  • Implementar un diseño participativo de todos los actores internos y expertos externos
  • Integrar definiciones consensuadas por la comunidad educativa
  • Manifestar la postura institucional frente al tema
  • Asumir un modelo de atención de víctimas que incluye sanción y reparación y que será permanentemente evaluado
  • Resguardar el respeto de la normativa constitucional, legal y universitaria

El jueves 7 de marzo de 2019 el Consejo Académico de la Universidad de Concepción aprobó por unanimidad la propuesta sometida a votación. El jueves 28 de marzo, en tanto, fue también conocido y aprobado por unanimidad en el Directorio de la Corporación.

Con fecha 2 de abril de 2019 se dictó el Decreto U.de C. N° 2019-031 que contiene el Protocolo y establece que entrará en vigor el 2 de mayo de 2019.

El texto aprobado es entonces el fruto de un completo proceso de elaboración y se ajusta a los informes de distintas reparticiones universitarias, esto es, la Dirección de Equidad de Género y Diversidad, Asesoría Jurídica y la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.

Asimismo, está alineado con sugerencias emanadas del Ministerio de Educación para la elaboración de Protocolos para instituciones de educación superior en la materia, y recoge la opinión de un experto laboralista externo y los estándares de la entidad pública que fiscaliza el cumplimiento de la normativa laboral.

 

  1. De la estructura y contenido del texto aprobado.

El Protocolo consta de 14 artículos distribuidos en 5 títulos.

El Título I contiene los antecedentes del Protocolo; el Título II los aspectos generales; el Título III se refiere a la denuncia; el Título IV al procedimiento de conciliación y el Título V al procedimiento de investigación.

El conocimiento, investigación y sanción de las conductas descritas en el Protocolo será aplicable a todas las personas integrantes de la Comunidad Universitaria, correspondiendo a la Dirección de Equidad de Género y Diversidad la aplicación de los procedimientos establecidos. 

Se han definido como las conductas a investigar:

  • Acoso sexual
  • Violencia sexual, incluyendo la agresión sexual y el hostigamiento sexual
  • Mobbing sexual o acoso moral sexual
  • Violencia de género
  • Discriminación

Los principios que sustentan las normas del Protocolo son el derecho al debido proceso, la independencia e imparcialidad; la diligencia y celeridad; la confidencialidad; la transparencia; la accesibilidad; la responsabilidad; el respeto a los derechos de las partes.

En cuanto al procedimiento, cualquier persona que pertenezca a la Comunidad Universitaria y que estime que ha sido perjudicada por un hecho constitutivo de algunas de las conductas señaladas en este Protocolo, podrá denunciar, en forma expresa y fundadamente, a la Dirección de Equidad de Género y Diversidad de la Universidad, pudiendo hacerlo una tercera persona, previo consentimiento y de la forma que establece el Protocolo.

Recibida la denuncia, se procederá a su examen, a evaluar las medidas de resguardo y contención que puedan proceder y determinar el procedimiento a aplicar, informando de todo ello debidamente a las personas interesadas que corresponda.

Si la materia denunciada no es acoso sexual ni agresión sexual podrá iniciarse un procedimiento voluntario de conciliación.

Si este no procede o no se realiza, podrá iniciarse una investigación por un Fiscal o Fiscala especializado en materias de género y derechos humanos. Si se acredita la denuncia, el Rector o Rectora determina la sanción, pudiendo también decretarse medidas de reparación para quien sea declarada persona víctima.

 

II.    Cronología de la preparación de un Protocolo de Actuación para determinadas situaciones de acoso, violencia y discriminación para la Universidad de Concepción

  • Abril de 2018.

Rector Electo, Dr. Carlos Saavedra, designa un Comité Asesor para la redacción de una primera propuesta de Protocolo de Actuación, que considera experiencias comparadas nacionales y extranjeras.

  • 29 de Mayo de 2018.

Se entrega esta propuesta al Rector, quien encarga a la Subdirección de Equidad de Género y Diversidad su consolidación como texto normativo, teniendo en cuenta las revisiones de protocolos de otras instituciones efectuadas por la Comisión de Género durante el año 2017.

  • Junio de 2018.

Subdirección de Equidad de Género y Diversidad entrega el día 12 del mes una primera versión consolidada de las ideas del Comité Asesor al Rector y a la Directora de Equidad de Género y Diversidad, incluyendo algunas propuestas de cambio de redacción y concordancias con la normativa universitaria y legal. Esta propuesta se denomina “Versión 15 de junio”.

  • Junio de 2018.

El 15 de este mes, en un acto abierto a la comunidad y con presencia del Rector, se pone el documento “Versión 15 de junio” en conocimiento y a disposición de la comunidad universitaria, abriéndose un período de participación para recibir propuestas, observaciones o comentarios para quienes desearan aportar, cualquiera sea su estamento en la Universidad.

  • 15 de junio al 31 de julio de 2018

Se desarrollan los siguientes espacios de participación coordinados desde la Dirección de Equidad de Género y Diversidad:

- Jornadas en mesas de trabajo sostenidas los meses de junio y julio con participación de personas del cuerpo académico, funcionario y estudiantil (Mesa n°1 trabajó exclusivamente sobre el documento “Versión 15 de junio”).
- Reuniones con un comité triestamental convocado desde la propia Dirección. 
- Recepción de comentarios, escritos y/o verbales, por la Subdirección de Equidad de Género y Diversidad, de parte de profesores/as, estudiantes, funcionarios/as UdeC (incluidas profesionales de la Dirección y de Servicios Jurídicos).

En la Dirección de equidad de género y diversidad se realizan las siguientes acciones en relación a la elaboración del Protocolo:

- Revisión de protocolos de instituciones nacionales y extranjeras y lineamientos sugeridos desde el Ministerio de Educación.   (Documento “Protocolos contra el acoso sexual en Educación Superior. Sugerencias para su elaboración”, Ministerio de Educación. Gobierno de Chile. Diciembre de 2016).
- Revisión del documento “Versión 15 de junio” por la Dirección, Subdirección y la Unidad de Investigación, Sanción y Reparación.
- Revisión y evaluación de la práctica cotidiana en la Dirección desde el inicio de su funcionamiento y de los procedimientos seguidos en la Universidad al amparo de la normativa vigente.

  • 1° al 10 de agosto de 2018.

Se revisan y consolidan desde la Subdirección de Equidad de Género y Diversidad los aportes de los distintos espacios de participación y de trabajo abiertos entre junio y julio, y se entrega al Rector y a la Directora de Equidad de Género y Diversidad un nuevo documento llamado “Versión 10 de agosto”. Esta nueva versión parte del documento “Versión 15 de junio” (basada en la propuesta del Comité Asesor del Rector) y recoge los principales aportes, comentarios y peticiones de cada espacio participativo, así como algunas ideas tomadas de los protocolos de actuación o instrumentos similares de otras instituciones de educación superior, nacionales y/o extranjeras, en lo pertinente a la realidad de la Universidad de Concepción.

  • 16 de agosto de 2018.

En Consejo Académico se presenta por la Dirección de Equidad de Género y Diversidad el documento “Versión 10 de agosto”, acordándose un plazo para recibir las observaciones y comentarios de cada Facultad, en todos sus estamentos, a través de los procesos internos que cada una determine de acuerdo a los canales universitarios existentes. Este plazo es el viernes 7 de septiembre de 2018.

  • 16 de agosto de 2018 (presentación ante el Consejo Académico) al 7 de septiembre de 2018 (fecha para la recepción de aportes).

Recepción en la Dirección de Equidad de Género y diversidad, observaciones, propuestas y comentarios de Facultades, estudiantes y/o reparticiones. En total, se recibieron 19 documentos de aportes y observaciones.

  • 23 de agosto de 2018.

En Acto público abierto a toda la comunidad, organizado por la Federación de Estudiantes con la colaboración de la Dirección de Equidad de Género y Diversidad, se presenta por la Subdirectora de Equidad de Género y Diversidad el documento “Versión 10 de agosto”, se resuelven consultas de los asistentes y se invita a la comunidad a enviar observaciones y comentarios hasta el 7 de septiembre de 2018.

  • 7 de septiembre de 2018 al 10 de octubre.

Revisión por la Dirección de Equidad de Género y diversidad de nuevas observaciones y comentarios (escritos o verbales).

  • 10 de octubre al 22 de octubre de 2018.

Entrega de informe consolidado de la Subdirección de Equidad de Género y Diversidad, y trabajo con la Dirección en la elaboración de una nueva propuesta para remitir a Servicio Jurídico de la Universidad.

  • 22 de octubre al 10 de diciembre de 2018.

Trabajo conjunto entre la Dirección de Equidad de Género y Diversidad y Servicio Jurídico de la Universidad, para la redacción de la versión final, que recoge los principales aportes obtenidos en el proceso participativo y que será puesta a disposición del Consejo Académico.

 

II.    Ideas matrices que han inspirado el proceso de elaboración del Protocolo

 

  • Siguiendo recomendaciones a nivel nacional, el Protocolo se concibe en general como “un documento que reúne un conjunto de normas, objetivos, estrategias y procedimientos para abordar el acoso sexual en la comunidad educativa, tanto dentro como fuera de las dependencias de la institución, que incluye a estudiantes, cuerpo académico y cuerpo administrativo”. “El Protocolo fija la postura institucional de acuerdo a su contexto, considerando: su tamaño, y la composición por sexo de la comunidad educativa, el grado de institucionalización de la perspectiva de género, la preexistencia de normativa que regule las relaciones internas y de normativa de control del acoso mismo, el nivel de involucramiento triestamental en la definición de políticas institucionales y el presupuesto disponible, entre otros aspectos”. (Documento “Protocolos contra el acoso sexual en Educación Superior. Sugerencias para su elaboración”, Ministerio de Educación. Gobierno de Chile. Diciembre de 2016.)

 

  • Procura seguir sugerencias emanadas del Ministerio de Educación para la elaboración de Protocolos para instituciones de educación superior en la materia (Documento “Protocolos contra el acoso sexual en Educación Superior. Sugerencias para su elaboración”, Ministerio de Educación. Gobierno de Chile. Diciembre de 2016):

o    Existencia de un proceso de diagnóstico institucional
o    Diseño participativo
o    Integración de definiciones consensuadas por la comunidad educativa
o    Manifestación de la postura institucional frente al tema
o    Integración de un modelo de atención de víctimas, sanción y reparación.

  • El Protocolo procura contener un solo procedimiento de actuación para todas las personas que integran la Universidad en un solo documento (con las particularidades de cada estamento, especialmente en el caso de los trabajadores y trabajadoras y la normativa laboral aplicable) y con el fin de generar mayor uniformidad en el tratamiento de las situaciones de acoso, violencia y discriminación, contemplando un enfoque de género en las actuaciones. Además, establece un procedimiento alternativo para determinadas situaciones.

 

  • El Protocolo busca ser el resultado final de un proceso participativo abierto a todas las personas que integran la comunidad universitaria, en todos sus campus, cualquiera sea el estamento al que pertenece, para el envío de comentarios, sugerencias u observaciones por diferentes medios, sin perjuicio de cumplir con su revisión a través de los canales institucionales vigentes.

 

  • El Protocolo tendrá una estructura de tipo normativo, dividido en artículos y utilizando un lenguaje claro, pero riguroso, con apego a la normativa universitaria, nacional e internacional, procurando sea un texto con una adecuada extensión que luego será socializado a través de cartillas informativas y otros medios.

 

          Protocolo de actuación